¿Quieres saber qué es considerado en derecho laboral como accidente de trabajo? Este post se basará en la resolución de las preguntas más comunes sobre accidentes de trabajo.

¿Quién de nosotros no se ha planteado alguna vez este tipo de preguntas?

  • ¿Quién nos paga la baja por accidente de trabajo?
  • ¿Qué proporción de nuestro suelto nos corresponde en caso de AT?
  • ¿Cómo comunicamos el Accidente de trabajo?
  • ¿Qué diferencia existe entre accidente de trabajo y enfermedad profesional?
  • ¿Cuándo se cobra la baja por accidente de trabajo?

¡Vamos a ello!

Definición de accidente de trabajo

Accidente de trabajo es toda lesión corporal que le suceda al trabajador en el momento, o bien por resultado del trabajo que ejecute por cuenta ajena o voluntaria.

 

Tipos de accidentes de trabajo:

  • Accidente «in itinere»: Es el que sufre el trabajador en el trayecto del trabajo, tanto ida como vuelta. No existe límite horario.
    Hay 3 elementos que se requieren en un accidente in itinere:

    • Que ocurra en el camino de ida o vuelta.
    • Que no se produzcan interrupciones entre el trabajo y el accidente.
    • Que se emplee el itinerario habitual.
  • Accidentes en misión: Son los que sufre el trabajador/a en el trayecto que tenga que realizar para el cumplimiento de la tarea, así como el sucedido en la ocupación de la misma dentro de su jornada laboral.
  • Enfermedades o defectos anteriores: Son aquellas enfermedades o defectos sufridos con anterioridad, que se manifiestan o empeoran como consecuencia de un accidente de trabajo.
  • Actos de salvamento: que tengan relación con el trabajo.

 

¿Quién paga la baja por accidente de trabajo?

Cuando sufrimos un accidente de trabajo, surge una pregunta muy común… ¿Quién nos paga la baja laboral?

Pues bien, en este apartado aclararemos todas las dudas que os puedan surgir.

Desde el día siguiente al accidente de trabajo, quien paga al trabajador es la Mutua, lo que sucede es que la empresa es quien lo abona, y posteriormente se le deduce de los seguros sociales, sin embargo, el coste lo asume la Mutua.

Por tanto, el pago de la baja por accidente de trabajo, lo hace la empresa con la misma regularidad que el pago de la nómina, de manera que, en vez de recibir la nómina habitual, recibiremos la prestación de Incapacidad Temporal.

 

¿Qué significa a causa o como consecuencia del trabajo?

Un accidente como consecuencia del trabajo es en cual existe relación de causalidad directa o inmediata entre la lesión y el trabajo desempeñado.

 

¿Qué proporción de mi sueldo me corresponde en caso de AT?

Se cobra desde el primer día que el trabajador está de baja.  Durante todo el periodo que este trabajador esté de baja cobrará el 75% de la base reguladora por contingencias profesionales o accidentes de trabajo.

Comunicación del Accidente de trabajo.

En el siguiente apartado nos pueden surgir diferentes dudas como…

¿Qué es el parte de accidente de trabajo?

Es el documento autorizado que deberá tramitar la empresa cuando se produzca un accidente de trabajo que conlleve la ausencia del trabajador de su puesto de trabajo de, como mínimo, un día, sin contar el día en que se accidentó, previa baja médica.

 

¿Cómo comunicar un accidente de trabajo?

A continuación, vamos a resolver la principal pregunta del apartado.

trabajadora accidentada

Se comunica a través del parte publicado en la Orden TAS/2926/2002, de 19 de Noviembre del Sistema de Declaración Electrónica de Accidentes de Trabajo (Delt@), accesible desde la dirección: http://www.delta.mtas.es/. El empresario puede obtener el certificado digital necesario para acceder en http://www.cert.fnmt.es/clase2/main.htm. Hay empresarios que tienen acordado este servicio con una gestoría. Esa información que introduce el empresario o su gestoría, es validada por la Mutua.

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¿Cuáles son los plazos de presentación de los partes?

  • Para el parte de accidente. Por el empresario: 5 días hábiles desde la fecha en la que sucedió el accidente o de la baja médica.
  • Accidentes sin baja. Por el empresario: Mensualmente en los primeros 5 días hábiles de cada mes.
  • Relación de altas o fallecimientos de accidentes. Por la entidad gestora o colaboradora: Mensualmente antes del día 10 del mes siguiente.
  • Para la comunicación urgente. Por el empresario: 24 horas en caso de accidente grave, muy grave, mortal o múltiple (más de 4 personas), excepto los In-Itinere (en los supuestos referidos en el artículo 6º de la Orden 16 de diciembre de 1987).

 

Tipos de accidentes de trabajo

Los accidentes de trabajo pueden ser con baja o sin baja médica:

  • Accidente de trabajo sin baja: Aquellos en los que existe lesión pero que permite al trabajador continuar realizando su trabajo tras recibir asistencia.
  • Accidente de trabajo con baja: Se consideran aquellos accidentes de trabajo o recaídas que conlleven la ausencia del lugar de trabajo, del trabajador accidentado, de al menos un día (salvedad hecha del día del accidente). Se entiende como recaída «la baja médica del trabajador como consecuencia directa de un accidente anterior». En este caso se tomará como fecha, la fecha del accidente que origina la recaída.

 

¿Qué diferencia existe entre accidente de trabajo y enfermedad profesional?

Accidente de trabajo es toda lesión corporal que le suceda al trabajador en el momento, o bien por resultado del trabajo que ejecute por cuenta ajena o voluntaria, mientras que enfermedad profesional  es toda aquella que sea sufrida por consecuencia del trabajo realizado por cuenta ajena, teniendo en cuenta las actividades que se especifiquen en el cuadro que se aprueba por las disposiciones de aplicación y desarrollo de la ley, y que además, estén provocados por la acción de los elementos y sustancias que en dicho cuadro se indique para toda enfermedad profesional.

A continuación, mostramos la estructura de la nueva lista de enfermedades profesionales.

  • Grupo 1: enfermedades profesionales causadas por agentes químicos.
  • Grupo 2: enfermedades profesionales causadas por agentes físicos.
  • Grupo 3: enfermedades profesionales causadas por agentes biológicos.
  • Grupo 4: enfermedades profesionales causadas por inhalación de sustancias y agentes no comprendidos en otros apartados.
  • Grupo 5: enfermedades profesionales de la piel causadas por sustancias y agentes no comprendidos en alguno de los otros apartados.
  • Grupo 6: enfermedades profesionales causadas por agentes carcinogénicos.

 

¿Es necesario coger la baja médica para que se considere accidente de trabajo?

No siempre es necesario coger la baja médica para que se considere accidente de trabajo.

Ya que se dan en los casos que, tras recibir asistencia sanitaria, puede reincorporarse a su lugar de trabajo el mismo día o al día siguiente de sufrir el accidente.

Ponemos un ejemplo:

Vivimos a 20 km de nuestro centro de trabajo, cogemos el coche y en el trayecto tenemos un accidente, el coche queda siniestro, pero nosotros únicamente tenemos una lesión leve. En este caso acudiríamos al centro de salud más cercano, y podríamos reincorporarnos a nuestro lugar de trabajo el mismo día de sufrir el accidente.

 

Plazo para reclamar indemnización por accidente de trabajo

El plazo para la reclamación a la empresa de indemnización por accidente de trabajo comienza no desde la fecha de la resolución administrativa y su notificación al interesado, sino desde el momento en el que transcurre el plazo de 30 días del que disponen las partes para interponer la reclamación previa contra la misma, – lo que incrementa el plazo de un año, previsto en derecho del trabajo en el Estatuto de los Trabajadores art. 59.2 ET, a un año y un mes.

 

¿Cuándo se cobra la baja por accidente de trabajo? (Qué día).

Aunque la Mutua sea quien pague al trabajador, la empresa es quien lo abona. Por tanto, la empresa será la encargada de hacer el pago por accidente de trabajo con la misma periodicidad que el pago de la nómina, pero en vez de recibir la nómina habitual, cobraremos la prestación de Incapacidad Temporal.

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