Convocadas subvenciones del Ayuntamiento de Xixona para impulsar la actividad económica de los autónomos, empresas, asociaciones… afectados por la crisis sanitaria derivada del COVID-19. Hasta 2.000,00€ se otorgarán para ayudar a paliar los gastos derivados del impacto de esta crisis.

Asesoría Carbonell te ayuda con la tramitación de tu subvención. 

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

Podrán ser beneficiarios de la Ayuda del Ayuntamiento de Xixona:

  • Autónomos
  • Empresas
  • Asociaciones sin ánimo de lucro
  • Comunidades de bienes
  • Sociedades civiles
  • Otras entidades económicas sin personalidad jurídica.

¿Qué requisitos deben cumplir los beneficiarios?

1.- Que desarrollen una actividad económica que se haya visto afectada por el decreto RD 463/2020 de 14 de marzo por el que se decreta el Estado de Alarma y sus ampliaciones y prórrogas. Ya sea por cierre o bien por reducción del 50% de la facturación.

2.- Que la actividad afectada por el estado de alarma no se ha visto compensada por un incremento de la facturación mediante un incremento del volumen de negocio online o telefónico.

3.- Que la actividad se desarrolle en el término municipal de Xixona.

Importe.

Se concederá una cantidad fija de 1.500,00€ para los beneficiarios que lo sean porque su actividad ha sido cesada por el cierre de establecimientos dispuesto en el RD 463/2020 de 14 de marzo.

Se concederá una cantidad fija de 750,00€ para los beneficiarios que lo sean por haber visto reducida su facturación en al menos el 50% en relación con la media del semestre anterior a la declaración del estado de alarma.

La cantidad relativa a los beneficiaros que lo sean por reducción de la facturación, podrá augmentar en 1.000,00 € en caso de tener hasta 9 trabajadores (inclusive) y en 2.000,00 € en caso de tener desde 10 hasta 49 trabajadores (inclusive), en el momento de la solicitud de la ayuda.

¿Cuándo se cobrará el importe concedido?

El pago de las subvenciones concedidas se realizará una vez resueltas, en un pago único y por transferencia bancaria al número de cuenta informado a tal efecto en la documentación de la solicitud. El plazo para resolver será de 6 meses a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Plazo y forma de presentación de solicitudes.

La presentación de estas ayudas se realizará de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Xixona. El plazo para solicitar las ayudas empezará el día 6 de mayo de 2020 y permanecerá abierto hasta el día 2 de junio de 2020.

¿Qué obligaciones tendrán los beneficiarios?

Serán obligaciones de las personas beneficiarias:

  1. Mantener la actividad económica durante 3 meses, a contar desde el día que se levante la suspensión de la actividad.
  2. En caso de obtener incremento de subvención por tener trabajadores a su cargo, deberá mantener en plantilla a los trabajadores comunicados en la solicitud.
  3. Facilitar cuantos datos e información, en cuestiones relacionadas con las subvenciones concedidas, le sea requerido por el Ayuntamiento de Xixona.
  4. Cumplir las restantes obligaciones que detalla el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.

¿Porqué elegir Asesoría Carbonell para tramitar subvenciones?

Asesoría Carbonell cuenta con un equipo de especialistas en la gestión y tramitación de subvenciones. Cada convocatoria tiene sus requisitos, obligaciones y condiciones, y para recibir las ayudas se deben cumplir al 100% con cada uno de ellos. Contar con un apoyo en la tramitación de las ayudas o subvenciones puede ayudarte a reunir estos requisitos y aumentar las posibilidades de éxito para conseguirlas.

Puedes consultar nuestra política de trabajo en el siguiente enlace: https://asesoriacarbonell.es/web_anterior_blog/gestion-de-subvenciones/

Contacta con nosotros a través de este formulario, por teléfono o WhatsApp al 865.676.436 o bien vía email a info@asesoriacarbonell.es estaremos encantados de atenderte y estudiar la viabilidad de esta subvención.

 

 

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