La Generalitat Valenciana ha convocado subvenciones de hasta 7.200,00€ para asociaciones de protección y defensa de animales sin ánimo de lucro de la Comunidad Valenciana que desarrollen actividades de protección y/o defensa de los animales.

Asesoría Carbonell te ayuda con tu subvención. 

¿Quién puede solicitarla?

Podrán solicitar la ayuda, las asociaciones sin ánimo de lucro de la comunidad valenciana que tengan por objeto la protección y defensa de los animales y desarrollen alguna de las siguientes actividades:

ACTIVIDADES DE FUNCIONAMIENTO:

  • Campañas educativas o de concienciación social cuyo objetivo sea la difusión de aspectos de protección de animales de compañía. Estas serán realizadas a través de centros escolares, cívicos, o entidades afines sin ánimo de lucro.
  • Campañas para reducir el número de animales de compañía abandonados basadas en un control sobre el tamaño de sus poblaciones.
  • Programas autorizados de recogida de animales de compañía abandonados cuyo destino sea un núcleo zoológico registrado como albergue temporal de dichos animales.
  • Programas de mantenimiento de núcleos zoológicos registrados para el albergue temporal de animales de compañía abandonados.
  • Gastos de mantenimiento, material fungible y alquiler de la sede de la asociación hasta un máximo del veinticinco por ciento del total presupuestado. Esta ayuda es incompatible con la indicada en el punto anterior.

ACTIVIDADES DE CONSTRUCCIÓN Y ADECUACIÓN:

Importe de la ayuda.

Las ayudas por beneficiario serán del 60% del coste global presupuestado, para el conjunto de las actividades para las que soliciten ayudas de gastos de funcionamiento, con una cuantía máxima por beneficiario de 7.200 euros.

Este importe será del 80% del coste global presupuestado para las inversiones referentes a construcción y adecuación de instalaciones con una cuantía máxima de la ayuda por beneficiario de 12.000 euros.

 Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para presentar la solicitud a esta ayuda empieza el día 7 de mayo de 2020 y permanecerá abierto hasta el 7 de junio de 2020. Este plazo, sin embargo, queda suspendido en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional tercera del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el cual se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.

No obstante, las solicitudes y documentos que se presenten antes de la finalización de la suspensión, se tramitarán efectivamente en el momento en el cual se retome el cómputo de los plazos, excepto que se haya levantado la suspensión en el procedimiento de que se trate. Se considerará a todos los efectos como fecha de registro de entrada el primer día hábil después del levantamiento de la suspensión.

En cuanto a la presentación, se realizará de forma telemática a través del siguiente enlace: https://www.tramita.gva.es/ctt-att-atr/asistente/iniciarTramite.html?tramite=DGM_GEN&version=3&login=c&idioma=es&idCatGuc=PR&idProcGuc=861

Asesoría Carbonell te ayuda con la tramitación de la subvención.

Contar con una asesoría puede ayudarte a conseguir esta subvención. Asesoría Carbonell cuenta con un equipo de especialistas en Asociaciones sin ánimo de lucro y en la gestión de subvenciones.Y esque cada convocatoria tiene sus requisitos y condiciones, para conseguir la subvención se deben cumplir todos ellos, contar con un especialista que te guie, te asesore y te ayude puede aumentar tus posibilidades de éxito.

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