La liquidación y pago de las ayudas se efectuará una vez resuelto el expediente de subvención. Para ello se comprobará el cumplimiento de los requisitos con la documentación presentada junto con la solicitud.
El importe de la ayuda se librará de una sola vez, tras la resolución, notificación y publicación de la concesión.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP (Boletín Oficial de la provincia de Alicante), es decir, hasta el 19 de octubre de 2020.
Estas subvenciones son incompatibles con las subvenciones de la Generalitat para autónomos (EAUCOV), las destinadas por el Ayuntamiento de Alicante para empresas de hasta 10 trabajadores o con cualquiera otras subvenciones o ayudas que concedan administraciones públicas con el mismo objetivo.
Asesoría Carbonell cuenta con un equipo de especialistas en la gestión y tramitación de subvenciones. Cada convocatoria tiene sus requisitos, obligaciones y condiciones, y para recibir las ayudas se deben cumplir al 100% con cada uno de ellos. Contar con un apoyo en la tramitación de las ayudas o subvenciones puede ayudarte a reunir estos requisitos y aumentar las posibilidades de éxito para conseguirlas.
Puedes consultar nuestra política de trabajo en el siguiente enlace: https://asesoriacarbonell.es/web_anterior_blog/gestion-de-subvenciones/
Contacta con nosotros a través de este formulario, por teléfono o WhatsApp al 865.676.436 o bien vie email a info@asesoriacarbonell.es estaremos encantados de atenderte y estudiar la viabilidad de esta subvención.
Asesoría Carbonell cuenta con un equipo de especialistas en la gestión y tramitación de subvenciones