Convocadas subvenciones del Ayuntamiento de El Campello para impulsar la actividad económica de los autónomos, microempresas y pequeñas empresas afectados por la crisis sanitaria derivada del COVID-19.

Asesoría Carbonell te ayuda a tramitar estas subvenciones

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

Podrán ser beneficiarios de la Ayuda del Ayuntamiento de El Campello:

  • Autónomos
  • Empresas
  • Comunidades de bienes
  • Sociedades civiles
  • Otras entidades económicas sin personalidad jurídica.

¿Qué requisitos deben cumplir los beneficiarios?

1.- Que hayan figurado ininterrumpidamente de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos correspondiente o en el régimen general de la Seguridad Social y en Hacienda durante, al menos, el periodo comprendido entre el 31 de diciembre de 2019 y el 14 de marzo de 2020.

2.- Que desarrollen una actividad económica que se haya visto afectada por el decreto RD 463/2020 de 14 de marzo por el que se decreta el Estado de Alarma y sus ampliaciones y prórrogas. Ya sea por cierre o bien por reducción del 75% de la facturación.

3.- Que la actividad afectada por el estado de alarma no se ha visto compensada por un incremento de la facturación mediante un incremento del volumen de negocio online o telefónico.

4.- Que se encuentre al corriente de sus obligaciones tributarias o con la Tesorería General de la Seguridad Social. Así como no tener deudas con en el Ayuntamiento de El Campello.

5.- Que el domicilio social se encuentre en el término municipal de El Campello.

Importe.

Se concederá una cantidad fija de 1.000,00€ para los beneficiarios que lo sean porque su actividad ha sido cesada por el cierre de establecimientos dispuesto en el RD 463/2020 de 14 de marzo.

Se concederá una cantidad fija de 750,00€ para los beneficiarios que lo sean por haber visto reducida su facturación en al menos el 75% en relación con la media del semestre anterior a la declaración del estado de alarma.

 

¿Cuándo se cobrará el importe concedido?

El pago de las subvenciones concedidas se realizará una vez resueltas, en un pago único y por transferencia bancaria.

 El plazo para resolver será de 6 meses a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, es decir, hasta abril de 2021.

 

Plazo y forma de presentación de solicitudes.

La presentación de estas ayudas se realizará de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de El Campello. El plazo para solicitar las ayudas empezará el día 25 de septiembre de 2020 y permanecerá abierto hasta el día 20 de octubre de 2020.

¿Qué obligaciones tendrán los beneficiarios?

Serán obligaciones de las personas beneficiarias:            

    1. Colaborar en las actuaciones de seguimiento del Ayuntamiento de El Campello, aportando toda documentación requerida.
    2. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el art.37 de la Ley General de Subvenciones, si así fuera necesario.
    3. Cumplir las restantes obligaciones que detalla el art.14 y 15 de la Ley General de Subvenciones.

¿Porqué elegir Asesoría Carbonell para tramitar subvenciones?

Asesoría Carbonell cuenta con un equipo de especialistas en la gestión y tramitación de subvenciones. Cada convocatoria tiene sus requisitos, obligaciones y condiciones, y para recibir las ayudas se deben cumplir al 100% con cada uno de ellos.

Contar con un apoyo en la tramitación de las ayudas o subvenciones puede ayudarte a reunir estos requisitos y aumentar las posibilidades de éxito para conseguirlas.

Puedes consultar nuestra política de trabajo en el siguiente enlace: https://asesoriacarbonell.es/web_anterior_blog/gestion-de-subvenciones/

Contacta con nosotros a través de este formulario, por teléfono o WhatsApp al 865.676.436 o bien vía email a info@asesoriacarbonell.es estaremos encantados de atenderte y estudiar la viabilidad de esta subvención.

Asesoría Carbonell cuenta con un equipo de especialistas en la gestión y tramitación de subvenciones

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