Convocadas subvenciones del Ayuntamiento de El Campello para impulsar la actividad económica de los autónomos, microempresas y pequeñas empresas afectados por la crisis sanitaria derivada del COVID-19.
Asesoría Carbonell te ayuda a tramitar estas subvenciones
¿Quién puede solicitar esta ayuda?
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Podrán ser beneficiarios de la Ayuda del Ayuntamiento de El Campello:
- Autónomos
- Empresas
- Comunidades de bienes
- Sociedades civiles
- Otras entidades económicas sin personalidad jurídica.
¿Qué requisitos deben cumplir los beneficiarios?
1.- Que hayan figurado ininterrumpidamente de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos correspondiente o en el régimen general de la Seguridad Social y en Hacienda durante, al menos, el periodo comprendido entre el 31 de diciembre de 2019 y el 14 de marzo de 2020.
2.- Que desarrollen una actividad económica que se haya visto afectada por el decreto RD 463/2020 de 14 de marzo por el que se decreta el Estado de Alarma y sus ampliaciones y prórrogas. Ya sea por cierre o bien por reducción del 75% de la facturación.
3.- Que la actividad afectada por el estado de alarma no se ha visto compensada por un incremento de la facturación mediante un incremento del volumen de negocio online o telefónico.
4.- Que se encuentre al corriente de sus obligaciones tributarias o con la Tesorería General de la Seguridad Social. Así como no tener deudas con en el Ayuntamiento de El Campello.
5.- Que el domicilio social se encuentre en el término municipal de El Campello.
Importe.
Se concederá una cantidad fija de 1.000,00€ para los beneficiarios que lo sean porque su actividad ha sido cesada por el cierre de establecimientos dispuesto en el RD 463/2020 de 14 de marzo.
Se concederá una cantidad fija de 750,00€ para los beneficiarios que lo sean por haber visto reducida su facturación en al menos el 75% en relación con la media del semestre anterior a la declaración del estado de alarma.
¿Cuándo se cobrará el importe concedido?
El pago de las subvenciones concedidas se realizará una vez resueltas, en un pago único y por transferencia bancaria.
El plazo para resolver será de 6 meses a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, es decir, hasta abril de 2021.
Plazo y forma de presentación de solicitudes.
La presentación de estas ayudas se realizará de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de El Campello. El plazo para solicitar las ayudas empezará el día 25 de septiembre de 2020 y permanecerá abierto hasta el día 20 de octubre de 2020.
¿Qué obligaciones tendrán los beneficiarios?
Serán obligaciones de las personas beneficiarias:
- Colaborar en las actuaciones de seguimiento del Ayuntamiento de El Campello, aportando toda documentación requerida.
- Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el art.37 de la Ley General de Subvenciones, si así fuera necesario.
- Cumplir las restantes obligaciones que detalla el art.14 y 15 de la Ley General de Subvenciones.
¿Porqué elegir Asesoría Carbonell para tramitar subvenciones?
Asesoría Carbonell cuenta con un equipo de especialistas en la gestión y tramitación de subvenciones. Cada convocatoria tiene sus requisitos, obligaciones y condiciones, y para recibir las ayudas se deben cumplir al 100% con cada uno de ellos.
Contar con un apoyo en la tramitación de las ayudas o subvenciones puede ayudarte a reunir estos requisitos y aumentar las posibilidades de éxito para conseguirlas.
Puedes consultar nuestra política de trabajo en el siguiente enlace: https://asesoriacarbonell.es/web_anterior_blog/gestion-de-subvenciones/
Contacta con nosotros a través de este formulario, por teléfono o WhatsApp al 865.676.436 o bien vía email a info@asesoriacarbonell.es estaremos encantados de atenderte y estudiar la viabilidad de esta subvención.
Asesoría Carbonell cuenta con un equipo de especialistas en la gestión y tramitación de subvenciones