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Subvenciones

Subvenciones para fomentar la contratación indefinida de personas desempleadas pertenecientes a colectivos vulnerables o a menores de 30 años cualificados (ECOVUL y ECOGJU 2024)

 


CONTRATACIÓN INICIAL INDEFINIDA A MENORES DE 30 AÑOS (ECOGJU – AVALEM JOVES).  APERTURA 1 JULIO 2024


Requisitos.
  – Contratación inicial indefinida
  – Jornada Completa
  – Personas menores de 30 años con titulación 
  – Inscritos en LABORA como “demandantes de empleo”
  – Inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juveniles (SNGJ)
  – No haber mantenido relación laboral con la empresa en los 6 meses anteriores a la contratación
  – Empleo relacionado con titulación

 

 

 

 

CONTRATACIÓN INDEFINIDA INICIAL DE COLECTIVOS VULNERABLES (ECOVUL) – PRÓXIMA APERTURA


Requisitos de los contratados

  – Personas en riesgo de exclusión social; o
  – desempleados de larga duración; o
  – mayores de 50; o
  – diversidad funcional.
  – Mujeres víctimas de violencia de genero, sexual o víctimas de trata
  – Inscritos en LABORA como demandantes de empleo
  – No haber mantenido relación laboral con la empresa en los 6 meses anteriores a la contratación




Importes

  – 11.113€
  – 14.288€ en caso de mujeres
  – 23.814€ en caso de personas afectadas por violencia género
  – 31. 752€ en caso de personas con diversidad funcional


Plazos 

SOLICITUD: Apertura en julio de 2024

RESOLUCIÓN: Tienen 6 meses de forma legal, pero suelen retrasarse. Plazo entre 8 y 10 meses (Final 2024- principio 2025)

COBRO: Tras resolución. En un solo pago por transferencia bancaria.

MANTENIMIENTO DE EMPLEO: 24 meses (Hasta 2026)

JUSTIFICACIÓN AYUDAS: 25 meses (2026)

 




PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué pasa si contrato un trabajador y no rinde como esperaba?, ¿se puede sustituir?

Depende del programa concreto de subvención. Durante el periodo de prueba del trabajador sí que se puede.

Si la persona trabajadora causara baja por baja voluntaria, muerte, discapacidad sobrevenida, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente podrá ser sustituida en el plazo de un mes por otra persona trabajadora bajo las mismas condiciones contractuales que tenía la persona sustituida.

Si la baja de la persona trabajadora se produjera con anterioridad a la resolución de concesión, decaerá el derecho a la solicitud presentada.

 ¿Qué compromisos tengo cuando pido la subvención?

Depende de cada línea de subvención, pero generalmente, el compromiso más significativo es el de mantener el nivel de empleo durante el tiempo de obligación de mantenimiento de los contratos. Al igual que mantener al trabajador objeto de subvención.

¿Qué pasa si no mantengo al trabajador el tiempo mínimo?

Hay varias posibilidades u opciones, por un lado, que sea por baja voluntaria del trabajador, en cuyo caso, puedes contratar a otro trabajador con las mismas características y así mantener la subvención, o, por el contrario, devolver la parte proporcional, por ejemplo, si te han dado 20.000€ y solo ha estado la mitad del tiempo, deberías devolver 10.000€.

Es importante que entiendas que si despides al trabajador de forma improcedente sí tendrás que devolver el 100% de la subvención concedida. 

¿Qué es un parado de larga duración?

Un parado de larga duración es una persona que haya estado parada e inscrita en el LABORA al menos 360 días, dentro de los 540 previos a la contratación. Sin importar si son ininterrumpidos.

 


 







 

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Subvenciones
Convocadas subvenciones para la mejora del posicionamiento turístico de 2024.

Turisme de la Comunitat Valenciana ha convocado las subvenciones para mejorar el posicionamiento del sector turístico para el año 2024.  Abren 2 líneas de ayuda, te contamos todo en este post.


LÍNEA 1: IMPULSO AL POSICIONAMIENTO DE LAS EMPRESAS Y EL MARKETING DE PRODUCTO TURÍSTICO DE LA COMUNITAT VALENCIANA.

 

¿Quién puede solicitar estas ayudas? Beneficiarios.

Podrán solicitar esta ayuda las empresas inscritas en el Registro de Turismo de la Comunitat Valenciana:

  – Titulares de establecimientos de alojamiento turístico.
  – Titulares de agencias de viajes.
  – Empresas de turismo activo.
  – Establecimientos de restauración
  – Empresas adheridas a Creaturisme o dispongan del distintivo “Compromiso con la Calidad Turística”

¿Qué actividades pueden obtener estas ayudas? Actividades subvencionables.

Serán objeto de estas subvenciones las siguientes actividades realizadas siempre entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024.

Gastos subvencionables:

  – Promoción y publicidad.
  – Comercialización y puesta en mercado de productos y servicios turísticos.
  – Sostenibilidad y gamificación.






LINEA 2: IMPULSO A EVENTOS MUSICALES, DEPORTIVOS, GASTRONÓMICOS Y CULTURALES DE IMPACTO TURÍSTICO.

 

¿Quién puede solicitar estas ayudas? Beneficiarios.

Podrán solicitar esta ayuda las empresas, asociaciones, federaciones o fundaciones organizadoras de los eventos, que evidencien su impacto en la promoción turística de la Comunitat Valenciana. Si se trata de actuación musical debe estar inscrito en la marca “Mediterrani Musix”.

¿Qué actividades pueden obtener estas ayudas? Actividades subvencionables.

Serán objeto de estas subvenciones las siguientes actividades realizadas siempre entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024.

  – Actividades musicales de impacto turístico nacional e internacional
  – Campeonatos, pruebas y concentraciones deportivas nacional e internacional
  – Actividades culturales:
      > Gastronomía
      > Fiestas de interés turístico provincial
      > Teatro, cine, danza…

Gastos subvencionables:

  – Promoción y publicidad
  – Gastos de organización





Importe de inversión y resumen de beneficiarios

 

Línea de Subvención

Importe mínimo de inversión

Beneficiarios

LÍNEA 1

6.000,00€

Empresas

LÍNEA 2

10.000,00€

Empresas, Asociaciones, Federaciones y fundaciones.

 

 

Forma y plazo de presentación de solicitudes.

Estas subvenciones se presentan de forma telemática.

El plazo para la presentación de las solicitudes permanecerá abierto hasta el 27 de mayo de 2024.

 

¿Por qué elegir Asesoría Carbonell para la tramitación de las ayudas?

En Asesoría Carbonell contamos con un departamento especializado en subvenciones, y ¡Queremos ayudarte!

Toda subvención tiene sus requisitos y exigencias, y para que sean concedidas se tiene que cumplir con el 100% de los mismos. Contar con el apoyo de una Asesoría especializada, y un técnico especialista, puede ayudarte a conseguir esta financiación extra. Contacta con nosotros, estaremos encantados de estudiar la viabilidad de la subvención.






 

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Subvenciones

 

SUBVENCIONS PER PROMOCIÓ DEL VALENCIÀ A L’ÀMBIT FESTIU.



Llibres de Fogueres i de Moros i Cristians 2024


 

Convocades subvencions de la Generalitat Valenciana per la promoció de l’ús del valencià en l’àmbit festiu de Fogueres i festes de Moros i Cristians de 2024 per l’edició anual del llibret/programa de festes. 

         

Qui pot sol·licitar aquesta ajuda?  

Seran beneficiares d’aquestes ajudes les comissions de festes de Fogueres i de Moros i Cristians,  durant l’any 2024. Cadascuna d’elles es una modalitat diferent.





Què és subvenciona?

Aquestes ajudes son premis per l’edició de llibres de festes per 2024, llibres de Fogueres i llibres de Moros i Cristians. 

Requisits dels llibres: 
  – Estar escrits en valencià. No es requisit obligatori, pero donen més puntuació.
  – Editats per l’associació
  – Disposar de depòsit legal
  – Tindre una tirada mínima de 75 exemplars
  – Fer constància de la col·laboració de la Generalitat Valenciana.
  – Enviar 5 exemplars a la conselleria. 





Modalitats i import de les ajudes


FOGUERES












MOROS I CRISTIANS 





Forma i termini de sol·licitud de l’ajuda.

Cada modalitat te la seua convocatòria, sens terminis diferents, quedant de la següent forma:

 – Modalitat Fogueres: fins al 20 de maig de 2024 per presentar la sol·licitud i fins al 24 de maig de 2024 per presentar els llibres. 

 – Modalitat Moros i Cristians: fins al 2 d’octubre de 2024 per presentar la sol·licitud i llibres. 


Perquè elegir Assessoria Carbonell?

Assessoria Carbonell compta amb un departament especialitzat en associacions sense ànim de lucre, i a més a més, en subvencions.

Tota subvenció te els seus requisits i exigències, i perquè s’aproven s’han de complir tots. Llegint pareix que siga una cosa molt complicada, però podem ajudar-te. Contacta amb el nostre equip, o consulta la nostra política de treball: https://asesoriacarbonell.es/gestion-de-subvenciones/








 

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Subvenciones
Convocadas subvenciones para la adquisición y reposición de instrumentos musicales realizadas entre diciembre de 2023 hasta noviembre de 2024

El Institut Valencià de Cultura (IVC) ha convocado las subvenciones para la adquisición y reposición de instrumentos musicales de 2024, con el objetivo de mejorar la dotación de las asociaciones sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana, “para enriquecer la oferta musical y la formación de los músicos valencianos”.

¿Formas parte de algún grupo o asociación de ámbito musical? Podéis obtener subvención por la compra de instrumentos musicales realizada entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024. Te explicamos como en este post.

 




¿Quién puede solicitar esta ayuda?


Podrán obtener estas ayudas las asociaciones sin ánimo de lucro que formen parte de la Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana (FAMCV) o que demuestren la existencia y la actividad de una agrupación musical durante al menos 5 años anteriores a la solicitud.


¿Qué se va a subvencionar?


Adquisición de instrumentos musicales entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024. 






Importe hasta 10.000€ – 65% del presupuesto presentado


Hasta el 65% del presupuesto presentado con un máximo de 10.000€ de subvención por la adquisición de instrumentos musicales entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024. 

El importe asignado a cada beneficiario será proporcional a la puntuación que se obtenga, según los criterios de la convocatoria.  Habrá una puntuación máxima de 100 puntos, siendo obligatorios mínimo 50 para obtener subvención.

Consulta los criterios y la puntuación en este enlace

 

Plazo y forma de presentación de solicitudes.


Estas subvenciones se presentan de forma telemática a través de este enlace.

El plazo para la presentación de las solicitudes finalizará el próximo 29 de mayo de 2024


 

 

¿Porqué elegir Asesoría Carbonell?


Asesoría Carbonell cuenta con un equipo de especialistas en la gestión y tramitación de subvenciones. Cada convocatoria tiene sus requisitos, obligaciones y condiciones, y para recibir las ayudas se deben cumplir al 100% con cada uno de ellos. Contar con un apoyo en la tramitación de las ayudas o subvenciones puede ayudarte a reunir estos requisitos y aumentar las posibilidades de éxito para conseguirlas.

Puedes consultar nuestra política de trabajo en el siguiente enlace: https://asesoriacarbonell.es/gestion-de-subvenciones/

Contacta con nosotros a través de este formulario, por teléfono o WhatsApp al 865.676.436 o bien vie email a info@asesoriacarbonell.es estaremos encantados de atenderte y estudiar la viabilidad de esta subvención.

 

 








 

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Subvenciones

 

Convocadas subvenciones para el fomento de actividades musicales realizadas entre diciembre de 2023 hasta noviembre de 2024.

 

El Institut Valencià de Cultura (IVC) ha convocado las subvenciones para el fomento de actividades musicales de 2024, con el objetivo de promover la creación, producción, difusión exhibición y edición de obras musicales a través de actividades como festivales, conciertos, concursos, espectáculos, cursos, giras, conciertos…

¿Participas en alguna actuación musical? ¿Formas parte de algún grupo? Puedes obtener subvención por estas las actividades musicales realizadas entre diciembre de 2023 y noviembre de 2024. Te explicamos como en este post

 



Subvenciones para el fomento de actividades musicales



¿Quién puede solicitar esta ayuda?


Podrán obtener estas ayudas las siguientes personas, siempre que tengan su residencia habitual en la Comunitat Valenciana:

  • Autónomos o Músicos que se dediquen profesionalmente a la Música.
  • Empresas y asociaciones sin ánimo de lucro que se dediquen a las actividades musicales de esta subvención

Consultar líneas específicas para cada uno en el cuadro resumen de este post.

 

¿Qué se va a subvencionar? Actividades subvencionables 


Serán objeto de estas subvenciones las siguientes actividades realizadas siempre entre el 1 de diciembre de 2023 y hasta el 30 de noviembre de 2024. Concretamente entre las siguientes: 

 

1.      Festivales, ciclos y eventos conmemorativos.

Se entiende por FESTIVAL, el conjunto de actuaciones musicales de carácter profesional realizadas ante un público, que forman una unidad programática indivisible y que se llevan a cabo intensivamente durante un período de tiempo determinado, no formando parte de la programación regular de un espacio determinado. Mínimo 2 días y 5 conciertos y al menos el 25% de los artistas sean de la Comunidad Valenciana.

Se entiende por CICLO, aquella serie de actuaciones musicales vinculadas entre sí por un elemento común, generalmente un mismo tema, que formando parte o no de la progrmación regular de un espacio, se celebran durante un período determinado, sucesivo o no en el tiempo. Mínimo 3 días, 4 conciertos y al menos el 25% de los artistas sean de la Comunidad Valenciana.

Se entiende por EVENTO CONMEMORATIVO, el acto de carácter musical que se organiza de forma extraordinaria, en recuerdo de un acontecimiento histórico o de una persona d estacada, para la celebración de un aniversario o reconocimiento singular.

 

2.      Programación en salas de exhibición.  

Se considera sala todo recinto o espacio destinado a la presentación regular ante un público, de conciertos y actividades de índole musical.

3.      Cursos de perfeccionamiento musical, concursos, jornadas y congresos que tienen por finalidad potenciar la formación, investigación, estudio y circulación de conocimientos.

Los cursos de perfeccionamiento deben ir dirigidos al menos a alumnos que estén cursando el grado superior de música.

4.      Giras fuera de la Comunidad Valenciana.

El proyecto de gira implicará, necesariamente, la realización de al menos 3 conciertos. 


5.      Proyectos de producción de espectáculos de música en vivo a través de conciertos o presentaciones musicales que culminen en un estreno.

Concierto o presentación musical sería el conjunto estructurado de piezas musicales que se desarrolla ante un público y cuyo proceso de producción culmina con su estreno.


6. Ayudas bienales a la organización y mantenimiento de estructuras administrativas.

Estas ayudas subvencionarán desde diciembre de 2023 hasta noviembre de 2025, consolidando el personal, y los gastos administrativos propios de empresas y asociaciones que se dediquen al ámbito de la música.



7. Ayudas a la composición de obras musicales de nueva creación vinculadas a su estreno.

Creaciones originales e inéditas, que no hayan sido previamente grabadas, editadas ni presentadas ante un público con anterioridad al 1 de diciembre de 2023

8. Fomento de la producción discográfica.

Obras de compositores valencianos o interpretadas por músicos residentes en la Comunitat Valenciana.


Importe de máximo de subvención y resumen de beneficiarios

Línea de Subvención

Importe máximo de subvención

Beneficiarios

Ayudas a festivales, ciclos y eventos conmemorativos

30.000€

Ayuntamientos

Entidades locales

Empresas

Personas físicas y autónomos

Asociaciones

Comunidades de bienes

Ayudas a la programación en salas de exhibición

25.000€

Personas físicas y autónomos

Empresas

 

Ayudas a cursos, concursos, jornadas y congresos

10.000€

Ayuntamientos

Entidades locales

Universidades

Empresas

Personas físicas y autónomos

Asociaciones

Comunidades de bienes

Ayudas a giras fuera de la Comunidad Valenciana

20.000€

Empresas

Personas físicas y autónomos

Ayudas a la producción de espectáculos de música en vivo.

20.000€

Empresas

Personas físicas y autónomos

Ayudas a la composición de obras musicales

5.000€

Personas físicas y autónomos

Ayudas al fomento de la producción discográfica

10.000€

Empresas

Personas físicas y autónomos


Ayudas bienales a la organización y mantenimiento de estructuras

30.000€

Empresas

Personas físicas y autónomos

Asociaciones

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Subvenciones

Subvenciones Costa Blanca 2024 para actividades culturales en la provincia de Alicante 



         
Beneficiarios: 

Podrán ser beneficiarios de esta ayuda las asociaciones sin ánimo de lucro con sede social en la provincia de Alicante que realicen actividades culturales entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024. 


Líneas de subvención: 


LÍNEA 1: Fortalecimiento de la Actividad Turística



Serán subvencionables:
 
 – Campañas de publicidad tanto estática como online y off-line
 – Participación, organización y asistencia a ferias y otro tipo de actos de promoción turística.
 – Viajes de prospección y familiarización. 

Sectores: 
 – Sector Gastronómico 
 – Turismo de Interior 
 – Turismo Cultural 
 – Promoción de acciones de concienciación ciudadana en materia de sostenibilidad turística, desarrollo equilibrado… 




Importe máximo: 95% del presupuesto presentado con un máximo de 20.000€ por solicitante. 


LÍNEA 2: Fiestas Locales de la Costa Blanca. 



Serán subvencionables: 

 – Campañas de publicidad tanto estática como online y off-line
 – Organización y ejecución del evento 

* Deben ser solicitadas por las entidades organizadoras del evento. 


Importe máximo: 95% del presupuesto presentado con un máximo de 10.000€ por solicitante. 



Plazos

El plazo de solicitud será del 24 de abril al 23 de mayo de 2024

El plazo de resolución será de 6 meses desde la convocatoria, es decir, hasta octubre de 2024. 

El plazo de justificación será hasta el 31 de octubre de 2024. 



¿Por qué elegir Asesoria Carbonell?


Todas las subvenciones son algo complejas, y más si es la primera vez que se solicita, además,  suelen requerir de elaboración de documentación técnica, de forma que, si estáis interesados en solicitar alguna de las anteriores, podéis contactar con nuestro equipo para asesoraros y preparar todo lo que necesitas para beneficiarte de esta ayuda.








 

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Subvenciones

¡Convocatoria abierta! El IVACE (Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial) convoca para 2024 ayudas para fomentar la Digitalización de las Pymes y autónomos de la Comunidad Valenciana.

Ayudas de hasta el 30% del presupuesto para proyectos de digitalización, implantación de tecnologías electrónicas, informáticas y de las comunicaciones, realizados durante 2024. Te contamos todo, en nuestro post.

 


¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR ESTAS AYUDAS?

Pymes con sede o actividad en la Comunidad Valenciana que desarrollen actividades, encuadradas en los siguientes CNAE:

    1. Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43 (Excepto 4110 – Promoción inmobiliaria)
    2. Sección H-Divisiones 49 a 52.
    3. Sección M-División 72.

Puede darse el caso, que tu empresa tenga dos o más actividades, y una de ellas encaje en los CNAE anteriores, en este caso, se podrá solicitar aportando documentación probatoria de dicha actividad, lo mejor es que consultes con nuestro equipo de especialistas que te guiaran para estudiar la viabilidad de la subvención.

Consulta los CNAE aquí.


 

 

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES.

Desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2024

Proyectos de digitalización con una INVERSIÓN MINIMA DE 15.000€ para los siguientes costes:

 – Licencias de software
 – Desarrollo de aplicaciones a medida
 – Aplicaciones: ERP, SCM, MRP…
 – Sistemas CRM
 – Adquisición de activos materiales – hardware: Equipos de telecomunicación y de seguridad, Servidores, Ordenadores personales, así como los dispositivos de comunicación de los mismos, necesarios para desarrollar el trabajo remoto.
 – Adquisición o adaptación de bienes de equipo (CNC, MES, SCADA, Robots, Sistemas de visión artificial, PLC, …).
 – Aplicaciones: PLM, CAD, CAM, CAE, PDM, DFM y de soporte remoto de productos.
 – Servicios de asistencia técnica y consultoría.
 – Etc…

Requisitos:

    1. Al menos dos empleados en plantilla. 
    2. Mantenimiento de las inversiones 5 años.
    3. Solo podrá presentarse un único proyecto por empresa.
    4. No se hayan concluido en el momento de la solicitud de la subvención.
¿No encajas en este tipo de ayuda? Asesoría Carbonell te informa de otras alternativas, ¡Consúltanos!




IMPORTE DE LAS AYUDAS.

Se subvencionará un 30% de coste subvencionable. Son subvenciones a FONDO PERDIDO. Es decir, no hay que reintegrar el importe ni devolverlo.

Esta convocatoria exige un presupuesto mínimo por proyecto de inversión, de 15.000€ y el máximo de subvención es de 125.000€.

¿Cuándo se cobra la subvención?

El IVACE procederá al pago de la ayuda una vez se haya ejecutado el proyecto, y siempre que haya verificado el cumplimiento de las obligaciones y requisitos exigibles tras la justificación de las ayudas.




SOLICITUD DE LAS AYUDAS Y PLAZOS

El plazo de solicitud de estas ayudas empieza el día 9 de enero y permanecerá abierto hasta el 22 de febrero de 2024.

La tramitación deberá ser telemática. Lo que obliga a disponer de certificado digital, si no tienes, no pasa nada, consúltanos, te informaremos de la opción más beneficiosa para obtenerlo. Consúltanos.

Contacta con Asesoría Carbonell antes del día 12 de febrero, y te informaremos de la viabilidad de esta subvención para tu proyecto.


¿Qué plazos debemos tener en cuenta?

PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 9 de enero hasta el 22 de febrero de 2024.

PLAZO DE EJECUCIÓN o PROYECTO: Todo 2024, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2024.

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN (Presentar facturas): hasta el 6 de febrero de 2025.

 


¿POR QUÉ ELEGIR ASESORÍA CARBONELL?

Las ayudas IVACE DIGITALIZA-CV suponen una gran oportunidad para las PYMES de la Comunidad Valenciana. En Asesoría Carbonell contamos con un departamento especializado en subvenciones. Toda subvención tiene sus requisitos y exigencias y para que sean concedidas se tiene que cumplir con el 100% de los mismos. Contar con el apoyo de una Asesoría especializada puede ayudarte a conseguir estas ayudas.

Desde Asesoría Carbonell podemos ayudarte. Contacta con nosotros en info@asesoriacarbonell.es o directamente en el teléfono o WhatsApp al 865676436 y estudiaremos tu proyecto y la viabilidad de la subvención.

 







 

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Subvenciones

AYUDAS EN MATERIA DE COMERCIO, CONSUMO Y ARTESANÍA 2024

La Dirección General de Comercio ha publicado la convocatoria de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía correspondientes al ejercicio 2024.

Estas ayudas financiarán las actuaciones de las federaciones y asociaciones de comerciantes, así como también las actuaciones de los pequeños y medianos comercios de la Comunitat Valenciana con el objetivo de dinamizar la actividad comercial y dotar al sector de un mayor atractivo y competitividad.

El plazo para presentar las solicitudes comienza el próximo 15 de enero y finaliza el 9 de febrero de 2024.

 

Estas ayudas ya han salido en convocatorias anteriores, os detallamos cada una de las líneas en este post.







¿Qué se considera comercio?


No todos los establecimientos son considerados comercio. Comercio es todo establecimiento donde se venden o se comercia con determinados productos. Ahora bien, para esta subvención, hay que pertenecer alguno de los siguientes epígrafes de CNAE o IAE, que puede ser el principal o secundario:

  – CNAE de la división 47, es decir que el código de actividad que tienes dado de alta en Seguridad Social comience por 47, excepto: 4726, 473, 4773, 478 y 479.
  – IAE de las agrupaciones 64 y 65, es decir, que el código de actividad que tienes dado de alta en Hacienda comience por 64 o 65, excepto: 646, 647.5, 652.1, 654 y 655. 



SI NO TIENES CLARO A CUÁL PERTENECES, PUEDES AVERIGUARLO EN ESTE ENLACE o LLÁMANOS Y TE INDICAMOS CÓMO AVERIGUAR TU CÓDIGO DE ACTIVIDAD. 


                                               

 

CREA COMERÇ (Antiguo Avalem Comerç)

Beneficiarios: 

Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayuda los autónomos, pymes y micropymes Comerciales de la Comunitat Valenciana.

Actividades subvencionables: 

Inversiones en equipamiento, la señalización e identificación del establecimiento, sistemas de seguridad, accesibilidad, ahorro energético, tratamiento de residuos, etc., además de las inversiones en aplicaciones informáticas y gastos derivados de la creación de una página web vinculada al establecimiento. Ejemplos:

  – Puertas, persianas, ventanas, cristales de seguridad, cerramientos, suelos…
  – Toldos, estores…
  – Pintura, luminaria, contraincendios…
  – Aire acondicionado
  – Cámaras de seguridad, arcos, sistemas de vigilancia…
  – Rótulos, pantallas y/o sistemas para promociones.
  – Mobiliario, expositores, vitrinas…
  – Web y apps, tanto diseño como software
  – Ordenadores, TPVs, impresoras…

Inversión mínima de 3.000€ para poder acceder a la solicitud.

SERÁN CONSIDERADOS GASTOS SUBVENCIONABLES LOS GASTOS PRODUCIDOS ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2024 HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2024.

Importe. Hasta 40.000,00€

El importe de la subvención concedida podrá ser hasta del 75% del presupuesto presentado con un máximo de 40.000,00€ por beneficiario.

Esta misma línea tiene una versión para el ámbito Rural, la Línea CREA COMERÇ RURAL, por estas mismas inversiones pero en poblaciones de menos de 1.000 habitantes.



FOMENT ARTESANIA (Antiguo Avalem Artesanía)

Beneficiarios: 

Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayuda, Autónomos, pymes y micropymes Comerciales que tengan la cualificación de Artesanía debidamente actualizado y expedido por la Generalitat o documento equivalente emitido por una Administración Pública que acredite su condición de artesana.

Actividades subvencionables: 

  – Asistencia a ferias.
  – diseño de producto o marca 
  – confección y edición de catálogos
  – mejora del equipamiento para el ejercicio y desarrollo de los oficios artesanos
  – Promoción
  – Especialización;
  – Etc.


SERÁN CONSIDERADOS GASTOS SUBVENCIONABLES LOS GASTOS PRODUCIDOS ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2024 HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2024.

Importe. Hasta 5.000,00€

El importe de la subvención concedida podrá ser hasta del 50% del presupuesto presentado con un máximo de 5.000,00€ por beneficiario o de hasta 7.500,00€ si el programa es fuera de España.





EMPRENEM COMERÇ

Beneficiarios: 

Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayuda, Autónomos, pymes y micropymes Comerciales.

Actividades subvencionables: 

  – Mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad
  – Implantación de una nueva actividad en un local comercial.

Serán considerados gastos subvencionables:

  – gastos como estudios de viabilidad, iluminación, eficiencia energética,
  – diseño del establecimiento,
  – gastos de asesoría, notaría y registros necesarios para la constitución de la empresa
  – Alquiler


Requisito obligatorio, apertura del local entre el 1 de febrero y el 30 de septiembre de 2023.

SERÁN CONSIDERADOS GASTOS SUBVENCIONABLES LOS GASTOS PRODUCIDOS ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2024 HASTA EL 30 DE SETEMBRE DE 2024.

Importe. Hasta 10.000,00€

El importe de la subvención concedida podrá ser hasta del 50% del presupuesto presentado con un máximo de 10.000,00€ por beneficiario.



ASOCIACIONISMO COMERCIAL.

Beneficiarios: Asociaciones de comerciantes o artesanos, sin ánimo de lucro

Actividades subvencionables: 

  – Contratación o mantenimiento de personal técnico profesional
  – Gastos de alquiler de la sede.
  – Acciones de comunicación, información, publicidad, imagen…
  – Promoción de productos o servicios y fidelización y captación de asociadas.
  – Adhesión y mantenimiento a sistemas telemáticos en red.
  – Organización y realización de acciones formativas específicas y sectorializadas
  – Actuaciones vinculadas con el impulso del comercio electrónico en las pymes asociadas


Importe. Hasta 40.000,00€

El importe de la subvención concedida podrá ser hasta del 70% del presupuesto presentado con un máximo de 40.000,00€ por beneficiario.



Solicitud. 

El plazo de inscripción empieza el próximo día 15 de enero de 2024 y permanecerá abierto hasta el 9 de febrero de 2024.

 Todas las subvenciones son algo complejas, y más si es la primera vez que se solicita, de forma que, si estáis interesados en solicitar alguna de las anteriores, sería conveniente prepararlas con antelación. Contacta con nuestro equipo antes del 1 de febrero para poder preparar todo lo que necesitas para beneficiarte de esta ayuda.







 

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Laboral
Claves para entender tu nómina paso a paso. 

La nómina es uno de los documentos más importantes en nuestra carrera profesional, y es que hay muchas veces que nos han surgido dudas en cuanto a parámetros o conceptos que no tenemos claros.

Las nóminas no tienen por qué ser iguales, pero son todas muy parecidas porque tienen que seguir un modelo oficial.






 

¿Qué es la nómina?

La nómina es un documento que reciben los trabajadores de parte de la empresa. En ella, deben aparecen reflejados una serie de datos sobre la compañía o empresa, el tipo de trabajo, el periodo trabajado, así como importes y cantidades.

La nómina actúa como un justificante de los pagos realizados a la Seguridad Social como trabajador, y también de las retenciones del IRPF, y además como un recibo de salarios, y como tal, debe contener información relativa al tipo de trabajo realizado y a las cantidades percibidas por diferentes conceptos.


¿Qué apartados tiene una nómina?

Son 5 las partes que componen una nómina:

  – Encabezado
  – Devengos
  – Deducciones
  – Liquido a percibir
  – Sello y firmas

Revisamos detenidamente y con ejemplos cada una de las partes.



ENCABEZADO

Es la parte superior de la nómina, lo primero que ves. Aquí se encuentran los datos de la empresa a un lado, y los datos del trabajador, al otro. Es importante que aparezca el periodo de liquidación en este apartado, es decir de fecha a fecha.

La cantidad de datos que aparece es variable según la empresa, pero se debe identificar como mínimo:

En la parte de la empresa aparecerá:

  – Denominación social
  – Dirección
  – CIF
  – Código de la cuenta de cotización de la Seguridad Social

En la parte del trabajador figurará:

  – Nombre y apellidos
  – DNI
  – Número de afiliación a la Seguridad Social
  – Categoría profesional o el puesto de trabajo
  – Antigüedad en la empresa





DEVENGOS

Este apartado refleja los ingresos que recibe el trabajador, por su trabajo. Se dividen en dos: los salariales y los no salariales.

Las percepciones o ingresos salariales son las cantidades que se entregan como pago por su trabajo, esta parte debe aparecer siempre en tu nómina:

  – Salario base. La remuneración por el trabajo realizado. Este no puede ser inferior a lo que marque el contrato, convenio y SMI.
  – Prorrateo paga extraordinaria. En el caso de tener las pagas extraordinarias prorrateadas, aparecerán en los DEVENGOS. Tener las pagas extraordinarias prorrateadas significa que la totalidad de la paga pertinente, se paga todos los meses del año poco a poco.
  – Complementos Salariales. Son las cantidades extraordinarias como por ejemplo: Complementos de antigüedad, de productividad, horas extras, pagas extras…

Por otro lado, las percepciones NO salariales son bienes y servicios que no tributan como salario. Es el ejemplo de las compensaciones por gastos de dietas, suplidos, indemnizaciones… Esta parte no es necesario que aparezca siempre.  





DEDUCCIONES

Al total del devengado, se le restan una serie de conceptos, estos son las deducciones.

Por un lado, están los pagos a la Seguridad Social que se componen de:
  – Contingencias comunes, calculado como un 4,7% sobre el total del devengo, este pago cubre las contingencias derivadas de un accidente no laboral, enfermedad común, maternidad…
  – Desempleo, calculado con un 1,55% del total del devengo, este importe es el que hace que se pueda cobrar una prestación por desempleo, también conocido como paro.
  – Formación profesional, corresponde un 0,1% del devengo.
  – Horas extras. Esto puede no aparecer, o aparecer en blanco.

Y por otro lado encontramos las retenciones para el Impuesto de la Renta de Personas Físicas, esto es el pago que se adelanta de forma mensual respecto a la declaración de la renta. El porcentaje aplicado depende del contrato y de las circunstancias de cada trabajador.

Por último, pueden aparecer también aquí los anticipos, pagos en especie o indemnizaciones en caso de que se hayan percibido en el periodo de liquidación que marca la nómina en el encabezado. 




Estas deducciones son practicadas de forma conjunta entre el trabajador y la empresa, por ello aparecerá también un apartado denominado: “Determinación de las bases de cotización a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta y de la base sujeta a retención del IRPF y aportación de la empresa”. Esto que suena a chino, se trata de las aportaciones que hace la empresa por ti como trabajador.

Se calcula con unos porcentajes fijos sobre el total del devengo.

Este apartado es el coste de la seguridad social que generas como trabajador a la empresa.



Además, en el caso de NO tener las pagas prorrateadas, es en este apartado donde podrás comprobar que parte de la paga has generado y cotizado este mes. Es en la línea de “IMPORTE PRORRATA PAGAS EXTRAORDINARIAS” donde aparecerá ese importe.

 

 

LIQUIDO A PERCIBIR

Una vez que tenemos los devengos y deducciones, se practica la suma de los devengos y la resta de las deducciones, lo que nos dará como resultado el total a percibir, es decir, lo que veremos ingresado en nuestra cuenta corriente.

 

SELLO Y FIRMAS

Este es el apartado final del documento, donde aparecen las firmas de ambas partes, aunque la firma del empleado no resulta necesaria siempre que el pago de haga por transferencia bancaria.

 

 








 

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Subvenciones


Convocadas subvenciones para el fomento de actividades musicales realizadas entre diciembre de 2022 hasta noviembre de 2023 .

El Institut Valencià de Cultura (IVC) ha convocado las subvenciones para el fomento de actividades musicales de 2023, con el objetivo de promover la creación, producción, difusión exhibición y edición de obras musicales a través de actividades como festivales, conciertos, concursos, espectáculos, cursos, giras, conciertos…

¿Participas en alguna actuación musical? ¿Formas parte de algún grupo? Puedes obtener subvención por estas las actividades musicales realizadas entre diciembre de 2022 y noviembre de 2023. Te explicamos cómo en este post.




¿Quién puede solicitar esta ayuda?


Podrán obtener estas ayudas las siguientes personas, siempre que tengan su residencia habitual en la Comunitat Valenciana:

  • Autónomos o Músicos que se dediquen profesionalmente a la Música.
  • Empresas, Comunidades de bienes y asociaciones sin ánimo de lucro que se dediquen a las actividades musicales de esta subvención

Consultar líneas específicas para cada uno en el cuadro resumen de este post.

 


¿Qué se va a subvencionar? Actividades subvencionables 


Serán objeto de estas subvenciones las siguientes actividades realizadas siempre entre el 1 de diciembre de 2022 y hasta el 30 de noviembre de 2023.

 

1.      Festivales, ciclos y eventos conmemorativos.

Se entiende por FESTIVAL, el conjunto de actuaciones musicales de carácter profesional realizadas ante un público, que forman una unidad programática indivisible y que se llevan a cabo intensivamente durante un período de tiempo determinado, no formando parte de la programación regular de un espacio determinado. Mínimo 2 días y 5 conciertos y al menos el 25% de los artistas sean de la Comunidad Valenciana.

Se entiende por CICLO, aquella serie de actuaciones musicales vinculadas entre sí por un elemento común, generalmente un mismo tema, que formando parte o no de la progrmación regular de un espacio, se celebran durante un período determinado, sucesivo o no en el tiempo. Mínimo 3 días, 4 conciertos y al menos el 25% de los artistas sean de la Comunidad Valenciana.

Se entiende por EVENTO CONMEMORATIVO, el acto de carácter musical que se organiza de forma extraordinaria, en recuerdo de un acontecimiento histórico o de una persona d estacada, para la celebración de un aniversario o reconocimiento singular.

 

2.      Programación en salas de exhibición.  

Se considera sala todo recinto o espacio destinado a la presentación regular ante un público, de conciertos y actividades de índole musical.



3.      Cursos de perfeccionamiento musical, concursos, jornadas y congresos que tienen por finalidad potenciar la formación, investigación, estudio y circulación de conocimientos.



4.      Giras fuera de la Comunidad Valenciana.

El proyecto de gira implicará, necesariamente, la realización de al menos 3 conciertos. 


5.      Proyectos de producción de espectáculos de música en vivo a través de conciertos o presentaciones musicales que culminen en un estreno.

Concierto o presentación musical sería el conjunto estructurado de piezas musicales que se desarrolla ante un público y cuyo proceso de producción culmina con su estreno.







6.      Ayudas a la composición de obras musicales de nueva creación vinculadas a su estreno.


7.      Fomento de la producción discográfica.




Importe de máximo de subvención y resumen de beneficiarios



Línea de Subvención

Importe máximo de subvención

Beneficiarios

Ayudas a festivales, ciclos y eventos conmemorativos

30.000€

Ayuntamientos

Entidades locales

Empresas

Personas físicas y autónomos

Asociaciones

Comunidades de bienes

Ayudas a la programación en salas de exhibición

25.000€

Personas físicas y autónomos

Empresas

 

Ayudas a cursos, concursos, jornadas y congresos

10.000€

Ayuntamientos

Entidades locales

Universidades

Empresas

Personas físicas y autónomos

Asociaciones

Comunidades de bienes

Ayudas a giras fuera de la Comunidad Valenciana

20.000€

Empresas

Personas físicas y autónomos

Ayudas a la producción de espectáculos de música en vivo.

20.000€

Empresas

Personas físicas y autónomos

Ayudas a la composición de obras musicales

5.000€

Personas físicas y autónomos

Ayudas al fomento de la producción discográfica

10.000€

Empresas

Personas físicas y autónomos

 

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