Convocadas subvenciones del Ayuntamiento de Castalla para impulsar la actividad económica de las pymes, microempresas y autónomos afectados por la crisis sanitaria derivada del COVID-19.

Asesoría Carbonell te ayuda a tramitar estas subvenciones

¿Quién puede solicitar esta ayuda?

Podrán ser beneficiarios de la Ayuda del Ayuntamiento de Castalla:

    • Autónomos
    • Microempresas
    • Pequeña empresa
    • Comunidad de bienes
    • Otras entidades económicas sin personalidad jurídica

¿Qué requisitos deben cumplir los beneficiarios?

1.- Que desarrollen una actividad económica que se haya visto afectada por el decreto RD 463/2020 de 14 de marzo por el que se decreta el Estado de Alarma y sus ampliaciones y prórrogas. Ya sea por cierre o bien por reducción del 50% de la facturación.           

2.- Que la actividad afectada por el estado de alarma no se ha visto compensada por un incremento de la facturación mediante un incremento del volumen de negocio online o telefónico.

3.- Que la actividad se desarrolle en el término municipal de Castalla.

Importe.

Se podrá alcanzar el 100% de gasto subvencionable con una cuantía máxima de 500,00€ para autónomos y de un máximo de 800,00€ para PYMES.

¿Cuándo se cobrará el importe concedido?

El pago de las subvenciones concedidas se realizará una vez comprobados los gastos por los cuales se solicita la ayuda, y se ordenará a su vez el pago de las mismas en un pago único y por transferencia bancaria.

El plazo para resolver y notificar será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, es decir hasta el 25 de noviembre de 2020.

Plazo y forma de presentación de solicitudes.

La presentación de estas ayudas se realizará de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Castalla. El plazo para solicitar las ayudas empezará el día 29 de septiembre de 2020 y permanecerá abierto hasta el día 28 de octubre de 2020.

¿Qué obligaciones tendrán los beneficiarios?

Serán obligaciones de las personas beneficiarias:

  1. Colaborar en las actuaciones de seguimiento del Ayuntamiento de Castalla, aportando toda documentación requerida.
  2. Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el art.37 de la Ley General de Subvenciones, si así fuera necesario.
  3. Cumplir las restantes obligaciones que detalla el art.14 y 15 de la Ley General de Subvenciones.
  4. Conservar, durante un plazo de 5 años, los justificantes de la realización de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención, así como la aplicación de los fondos percibidos.

¿Porqué elegir Asesoría Carbonell para tramitar subvenciones?

Asesoría Carbonell cuenta con un equipo de especialistas en la gestión y tramitación de subvenciones. Cada convocatoria tiene sus requisitos, obligaciones y condiciones, y para recibir las ayudas se deben cumplir al 100% con cada uno de ellos.

Contar con un apoyo en la tramitación de las ayudas o subvenciones puede ayudarte a reunir estos requisitos y aumentar las posibilidades de éxito para conseguirlas.

Puedes consultar nuestra política de trabajo en el siguiente enlace: https://asesoriacarbonell.es/web_anterior_blog/gestion-de-subvenciones/

Contacta con nosotros a través de este formulario, por teléfono o WhatsApp al 865.676.436 o bien vía email a info@asesoriacarbonell.es estaremos encantados de atenderte y estudiar la viabilidad de esta subvención.

Asesoría Carbonell cuenta con un equipo de especialistas en la gestión y tramitación de subvenciones

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