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Subvenciones

Subvenciones por contratar a jóvenes cualificados. 

 


 

CONTRATACIÓN INICIAL INDEFINIDA A MENORES DE 30 AÑOS  

Requisitos.

  – Contratación inicial indefinida
  – Jornada Completa
  – Personas menores de 30 años.
  – Inscritos en LABORA.
  – Inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juveniles (SNGJ). Puedes consultar los requisitos y como inscribirte en este enlace.
  – No haber mantenido relación laboral con la empresa en los 6 meses anteriores a la contratación.
  – Empleo relacionado con titulación.

 

Importe

  – 27.216€
  – 28.728€ en caso de mujeres
  – 30.240€ en caso de personas afectadas por violencia género o diversidad funcional.

 

Obligaciones.

  • Mantener el puesto de trabajo 24 meses. En caso de que el trabajador cause baja por: Baja voluntaria, jubilación, fallecimiento, despido disciplinario, o cualquier otro motivo NO declarado improcedente, podrá substituirse en el plazo de un mes.
  • Mantener Plantilla media de la empresa. Durante el periodo de mantenimiento del contrato subvencionado, no podrá disminuir la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en la entidad beneficiaria, salvo que esta situación responda a vacantes originadas por la baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora.
  • Estar al corriente con las obligaciones de Seguridad Social y Hacienda.

 

 

 

 

Plazos 

SOLICITUD: A partir de 22 de febrero y hasta el 31 de mayo de 2023. Como máximo 2 meses desde la contratación. 

RESOLUCIÓN: Tienen 6 meses de forma legal, pero suelen retrasarse. Plazo entre 8 y 10 meses (Final 2023)

COBRO: Tras resolución. En un solo pago por transferencia bancaria.

MANTENIMIENTO DE EMPLEO: 24 meses (Hasta febrero/marzo 2025)

JUSTIFICACIÓN AYUDAS: 25 meses (marzo/abril 2025)

 




PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué pasa si contrato un trabajador y no rinde como esperaba?, ¿se puede sustituir?

Depende del programa concreto de subvención. Durante el periodo de prueba del trabajador sí que se puede.

Si la persona trabajadora causara baja por baja voluntaria, muerte, discapacidad sobrevenida, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente podrá ser sustituida en el plazo de un mes por otra persona trabajadora bajo las mismas condiciones contractuales que tenía la persona sustituida.

Si la baja de la persona trabajadora se produjera con anterioridad a la resolución de concesión, decaerá el derecho a la solicitud presentada.

 ¿Qué compromisos tengo cuando pido la subvención?

Depende de cada línea de subvención, pero generalmente, el compromiso más significativo es el de mantener el nivel de empleo durante el tiempo de obligación de mantenimiento de los contratos. Al igual que mantener al trabajador objeto de subvención.

¿Qué pasa si no mantengo al trabajador el tiempo mínimo?

Hay varias posibilidades u opciones, por un lado, que sea por baja voluntaria del trabajador, en cuyo caso, puedes contratar a otro trabajador con las mismas características y así mantener la subvención, o, por el contrario, devolver la parte proporcional, por ejemplo, si te han dado 20.000€ y solo ha estado la mitad del tiempo, deberías devolver 10.000€.

Es importante que entiendas que si despides al trabajador de forma improcedente sí tendrás que devolver el 100% de la subvención concedida. 

¿Qué es un parado de larga duración?

Un parado de larga duración es una persona que haya estado parada e inscrita en el LABORA al menos 360 días, dentro de los 540 previos a la contratación. Sin importar si son ininterrumpidos.

 


 







 

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Subvenciones

Subvencions per foment del valencià i multilingüisme en l’àmbit musical 

 


Has organitzat algun concert? Participat en algun festival o tens pensament de gravar un CD? Doncs continua llegint, t’interessa i molt aquestes subvencions que anem a detallar: Subvencions de foment del valencià al mon de la música. 

Ja sabeu que estem al dia en tema de subvenciones, ajudes i convocatòries, es algo que ens agrada i que pot resultar beneficiós per a tots. Pot ser siga del vostre interès o que conegueu algu a qui puga interessar.

Encara que vos sone un poc a “Xines” aquesta subvenció es molt, però que molt beneficiosa per a la gran majoria d’empreses, autònoms i entitats dedicades al mon de la música a la Comunitat Valenciana. ¿Per qué? Vos ho contem de seguida.




Qui pot demanar aquestes ajudes?

Tota persona física o jurídica, autònoms, empreses, associacions… que realitzen activitats musicals com festivals, concerts o gravacions musicals amb al menys un 25% de les cançons en valencià.


Què és subvenciona?


FESTIVALS

CONCERTS

GRAVACIONS MUSICALS

 

Activitats entre el 6 de desembre de 2022 fins al 31 d’octubre de 2023.


Import de l’ajuda:
fins el 100% del pressupost sol·licitat.  



Sol·licitud i terminis.

El termini per demanar la sol·licitud finalitza el pròxim 2 de març de 2023 . La presentació serà telemàtica mitjançant la seu electrònica de la Generalitat Valenciana disponible a aquest enllaç


Per què elegir Assessoria Carbonell?

No cal dir que totes les subvencions son difícils de tramitar i que es necessita aportar documentació que de vegades, no està a les nostres mans, o que venen de administracions. Comptar am un equip especialitzat al mon de les subvencions eleva les possibilitats de èxit.

Si voleu més informació, teniu dubtes o voleu que tramitem aquesta subvenció, podeu localitzar-nos al 865676436 o a info@asesoriacarbonell.es, o també pel formulari de contacte.






 







 

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Subvenciones

Subvenciones para proyectos singulares y fomento del multilingüismo en ámbito social 

 


Aunque os suene a chino, esta subvención puede ser de mucho interés para asociaciones y para empresas de la Comunidad Valenciana. Páginas web, redes sociales, promoción, material de merchandising… 

 ¿Quíen puede pedir esta subvención?

 

Son 4 Modalidades de ayuda: 
 – Modalidad A: Asociaciones sin ánimo de lucro. 
 – Modalidad B: Universidades 
 – Modalidad C: Entidades y centros del Exterior de la Comunidad Valenciana 
 – Modalidad D: Empresas. 



¿Qué se subvenciona?

Se subvencionan gastos desde el 1 de noviembre de 2022 y hasta el 31 de octubre de 2023. Cada línea subvenciona varias actividades, os explicamos las más destacables. 

Modalidad A: Asociaciones sin ánimo de lucro. Actividades de difusión, promoción y fomento del valenciano y cultura valenciana: 

 – Campañas y actividades en valenciano 
 – Material de merchandising (Camisetas, bolis, gorras, llaveros, imanes…) 
 – Cartelería, publicidad, dípticos, flyers… 
 – Rotulación de locales, tanto interior como exterior. 
 – Página Web 
 – Redes sociales
 – Etc. 


Modalidad D: Empresas.
Proyectos en valenciano o al menos en bilingüe que fomenten el uso del valenciano y la cultura… 





Importe: Hasta 100% del presupuesto presentado. 



Plazos: 

  • SOLICITUD: Hasta 13 de febrero de 2023
  • EJECUCIÓN: 1 noviembre 2022 al 31 octubre 2023
  • JUSTIFICACIÓN: 31 de octubre de 2023




 

 


 







 

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Subvenciones

Subvenciones del sector laboral y contrataciones

 


TIPOS DE SUBVENCIONES

 

CONTRATACIÓN INICIAL INDEFINIDA A MENORES DE 30 AÑOS  CERRADA

Requisitos.

    • Contratación inicial indefinida
    • Jornada Completa
    • Personas menores de 30 años.
    • Inscritos en LABORA.
    • Inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juveniles (SNGJ).
    • No haber mantenido relación laboral con la empresa en los 6 meses anteriores a la contratación.
    • Empleo relacionado con titulación.

 

Importe*

    • 25.200€
    • 26.600€ en caso de mujeres
    • 28.000€ en caso de personas afectadas por violencia género o diversidad funcional.

*Teniendo en cuenta convocatoria de 2022


Obligaciones.

    • Mantener el puesto de trabajo 24 meses. En caso de que el trabajador cause baja por: Baja voluntaria, jubilación, fallecimiento, despido disciplinario, o cualquier otro motivo NO declarado improcedente, podrá substituirse en el plazo de un mes.
    • Mantener Plantilla media de la empresa. Durante el periodo de mantenimiento del contrato subvencionado, no podrá disminuir la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en la entidad beneficiaria, salvo que esta situación responda a vacantes originadas por la baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora.
    • Estar al corriente con las obligaciones de Seguridad Social y Hacienda.

 

Plazos – CERRADO

Previsión de apertura entre los meses de febrero/marzo 2023.

 

 


CONTRATACIÓN INDEFINIDA INICIAL DE COLECTIVOS VULNERABLES  – CERRADA

 

Requisitos de los contratados

    • Contratación inicial indefinida
    • Jornada Completa
    • Trabajadores:
      • Personas en riesgo de exclusión social; o
      • desempleados de larga duración; o
      • mayores de 50; o
      • diversidad funcional.
    • Inscritos en LABORA.
    • No haber mantenido relación laboral con la empresa en los 6 meses anteriores a la contratación.



Importe*

    • 25.200€
    • 26.600€ en caso de mujeres
    • 28.000€ en caso de personas afectadas por violencia género o diversidad funcional.

 

Obligaciones.

    • Mantener el puesto de trabajo 24 meses. En caso de que el trabajador cause baja por: Baja voluntaria, jubilación, fallecimiento, despido disciplinario, o cualquier otro motivo NO declarado improcedente, podrá substituirse en el plazo de un mes.
    • Mantener Plantilla media de la empresa. Durante el periodo de mantenimiento del contrato subvencionado, no podrá disminuir la plantilla media de las personas trabajadoras en situación de alta en la entidad beneficiaria, salvo que esta situación responda a vacantes originadas por la baja voluntaria, discapacidad sobrevenida, muerte, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente de la persona trabajadora.
    • Estar al corriente con las obligaciones de Seguridad Social y Hacienda.

 

Plazos – CERRADO

Previsión de apertura entre los meses de febrero/marzo 2023.

 




PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué pasa si contrato un trabajador y no rinde como esperaba?, ¿se puede sustituir?

Depende del programa concreto de subvención. Durante el periodo de prueba del trabajador sí que se puede.

Si la persona trabajadora causara baja por baja voluntaria, muerte, discapacidad sobrevenida, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente podrá ser sustituida en el plazo de un mes por otra persona trabajadora bajo las mismas condiciones contractuales que tenía la persona sustituida.

Si la baja de la persona trabajadora se produjera con anterioridad a la resolución de concesión, decaerá el derecho a la solicitud presentada.

 ¿Qué compromisos tengo cuando pido la subvención?

Depende de cada línea de subvención, pero generalmente, el compromiso más significativo es el de mantener el nivel de empleo durante el tiempo de obligación de mantenimiento de los contratos. Al igual que mantener al trabajador objeto de subvención.

¿Qué pasa si no mantengo al trabajador el tiempo mínimo?

Hay varias posibilidades u opciones, por un lado, que sea por baja voluntaria del trabajador, en cuyo caso, puedes contratar a otro trabajador con las mismas características y así mantener la subvención, o, por el contrario, devolver la parte proporcional, por ejemplo, si te han dado 20.000€ y solo ha estado la mitad del tiempo, deberías devolver 10.000€.

Es importante que entiendas que si despides al trabajador de forma improcedente sí tendrás que devolver el 100% de la subvención concedida. 

¿Qué es un parado de larga duración?

Un parado de larga duración es una persona que haya estado parada e inscrita en el LABORA al menos 360 días, dentro de los 540 previos a la contratación. Sin importar si son ininterrumpidos.

 


 







 

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Subvenciones

¡Convocatoria abierta! El IVACE (Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial) convoca para 2023 ayudas para fomentar la Digitalización de las Pymes y autónomos de la Comunidad Valenciana.

Ayudas de hasta el 30% del presupuesto para proyectos de digitalización, implantación de tecnologías electrónicas, informáticas y de las comunicaciones, realizados durante 2023. Te contamos todo, en nuestro post.


¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR ESTAS AYUDAS?

Pymes con sede o actividad en la Comunidad Valenciana que desarrollen actividades, encuadradas en los siguientes CNAE:

    1. Secciones C, D, E y F-Divisiones 10 a 43 (Excepto 4110 – Promoción inmobiliaria)
    2. Sección H-Divisiones 49 a 52.
    3. Sección M-División 72.

Puede darse el caso, que tu empresa tenga dos o más actividades, y una de ellas encaje en los CNAE anteriores, en este caso, se podrá solicitar aportando documentación probatoria de dicha actividad, lo mejor es que consultes con nuestro equipo de especialistas que te guiaran para estudiar la viabilidad de la subvención.

Consulta los CNAE aquí.


 

 

ACTIVIDADES SUBVENCIONABLES.

Desde 01/01/2023 hasta el 31/12/2023

Proyectos de digitalización con una INVERSIÓN MINIMA DE 15.000€ para los siguientes costes:

 – Licencias de software
 – Desarrollo de aplicaciones a medida
 – Aplicaciones: ERP, SCM, MRP…
 – Sistemas CRM
 – Adquisición de activos materiales – hardware: Equipos de telecomunicación y de seguridad, Servidores, Ordenadores personales, así como los dispositivos de comunicación de los mismos, necesarios para desarrollar el trabajo remoto.
 – Adquisición o adaptación de bienes de equipo (CNC, MES, SCADA, Robots, Sistemas de visión artificial, PLC, …).
 – Aplicaciones: PLM, CAD, CAM, CAE, PDM, DFM y de soporte remoto de productos.
 – Servicios de asistencia técnica y consultoría.
 – Etc…

Requisitos:

    1. Mantenimiento de las inversiones 5 años.
    2. Solo podrá presentarse un único proyecto por empresa.
    3. No se hayan concluido en el momento de la solicitud de la subvención.
¿No encajas en este tipo de ayuda? Asesoría Carbonell te informa de otras alternativas, ¡Consúltanos!




IMPORTE DE LAS AYUDAS.

Se subvencionará un 30% de coste subvencionable. Son subvenciones a FONDO PERDIDO. Es decir, no hay que reintegrar el importe ni devolverlo.

Esta convocatoria exige un presupuesto mínimo por proyecto de inversión, de 15.000€ y el máximo de subvención es de 100.000€.

¿Cuándo se cobra la subvención?

El IVACE procederá al pago de la ayuda una vez se haya ejecutado el proyecto, y siempre que haya verificado el cumplimiento de las obligaciones y requisitos exigibles tras la justificación de las ayudas.




SOLICITUD DE LAS AYUDAS Y PLAZOS

El plazo de solicitud de estas ayudas empieza el día 19 de enero y permanecerá abierto hasta el 2 de marzo de 2023.

La tramitación deberá ser telemática. Lo que obliga a disponer de certificado digital, si no tienes, no pasa nada, consúltanos, te informaremos de la opción más beneficiosa para obtenerlo. Consúltanos.

Contacta con Asesoría Carbonell antes del día 17 de febrero, y te informaremos de la viabilidad de esta subvención para tu proyecto.


¿Qué plazos debemos tener en cuenta?

PLAZO DE SOLICITUD: Desde el 19 de enero hasta el 9 de marzo de 2023.

PLAZO DE EJECUCIÓN o PROYECTO: Todo 2023, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2023.

PLAZO DE JUSTIFICACIÓN (Presentar facturas): hasta el 9 de febrero de 2024.

 


¿POR QUÉ ELEGIR ASESORÍA CARBONELL?

Las ayudas IVACE DIGITALIZA-CV suponen una gran oportunidad para las PYMES de la Comunidad Valenciana. En Asesoría Carbonell contamos con un departamento especializado en subvenciones. Toda subvención tiene sus requisitos y exigencias y para que sean concedidas se tiene que cumplir con el 100% de los mismos. Contar con el apoyo de una Asesoría especializada puede ayudarte a conseguir estas ayudas.

Desde Asesoría Carbonell podemos ayudarte. Contacta con nosotros en info@asesoriacarbonell.es o directamente en el teléfono o WhatsApp al 865676436 y estudiaremos tu proyecto y la viabilidad de la subvención.

 







 

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Subvenciones

¿Qué se considera comercio?

No todos los establecimientos son considerados comercio. Comercio es todo establecimiento donde se venden o se comercia con determinados productos. Ahora bien, para esta subvención, hay que pertenecer alguno de los siguientes epígrafes de CNAE o IAE, que puede ser el principal o secundario:

  • CNAE de la división 47, es decir que el código de actividad que tienes dado de alta en Seguridad Social comience por 47, excepto: 4726, 473, 4773, 478 y 479.
  • IAE de las agrupaciones 64 y 65, es decir, que el código de actividad que tienes dado de alta en Hacienda comience por 64 o 65, excepto: 646, 647.5, 652.1, 654 y 655. 


SI NO TIENES CLARO A CUÁL PERTENECES, PUEDES AVERIGUARLO EN ESTE ENLACE o LLÁMANOS Y TE INDICAMOS CÓMO AVERIGUAR TU CÓDIGO DE ACTIVIDAD. 


                                                 

1.      AVALEM ARTESANIA

Beneficiarios: 

Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayuda, Autónomos, pymes y micropymes Comerciales que tengan la cualificación de Artesanía debidamente actualizado y expedido por la Generalitat o documento equivalente emitido por una Administración Pública que acredite su condición de artesana.

Actividades subvencionables: 
  • Asistencia a ferias.
  • diseño de producto o marca 
  • confección y edición de catálogos
  • Promoción
  • Especialización;
  • Etc.
Importe. Hasta 5.000,00€

El importe de la subvención concedida podrá ser hasta del 50% del presupuesto presentado con un máximo de 5.000,00€ por beneficiario o de hasta 7.500,00€ si el programa es fuera de España.


2.      EMPRENEM COMERÇ

Beneficiarios: 

Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayuda, Autónomos, pymes y micropymes Comerciales.

Actividades subvencionables: 
  • Mantenimiento de un establecimiento comercial con nueva titularidad
  • Implantación de una nueva actividad en un local comercial.

Serán considerados gastos subvencionables

  • gastos como estudios de viabilidad, iluminación, eficiencia energética,
  • diseño del establecimiento,
  • gastos de asesoría, notaría y registros necesarios para la constitución de la empresa
  • Alquiler
Importe. Hasta 10.000,00€

El importe de la subvención concedida podrá ser hasta del 50% del presupuesto presentado con un máximo de 10.000,00€ por beneficiario.







3.      AVALEM MERCATS

Beneficiarios: 

Micropymes Comerciales que ejerzan actividad de comercio al por menor de venta en puestos de venta y mercadillos.

Actividades subvencionables: 
  • Inversiones en acondicionamiento del vehículo como puesto de venta o tienda.
  • O inversiones en instalación de equipos de frio/calor.

 Se tiene que hacer una inversión mínima de 1.000,00€

Importe. Hasta 5.000,00€

El importe de la subvención concedida podrá ser hasta del 50% del presupuesto presentado con un máximo de 5.000,00€ por beneficiario.


4.      ASOCIACIONISMO COMERCIAL.

Beneficiarios: Asociaciones de comerciantes o artesanos, sin ánimo de lucro
Actividades subvencionables: 
  • Contratación o mantenimiento de personal técnico profesional
  • Gastos de alquiler de la sede.
  • Acciones de comunicación, información, publicidad, imagen…
  • Promoción de productos o servicios y fidelización y captación de asociadas.
  • Adhesión y mantenimiento a sistemas telemáticos en red.
  • Organización y realización de acciones formativas específicas y sectorializadas
  • Actuaciones vinculadas con el impulso del comercio electrónico en las pymes asociadas
Importe. Hasta 40.000,00€

El importe de la subvención concedida podrá ser hasta del 70% del presupuesto presentado con un máximo de 40.000,00€ por beneficiario.

 

Solicitud. 

El plazo de solicitud empieza el próximo día 11 de enero de 2023 y permanecerá abierto hasta el 3 de febrero de 2023.

 Todas las subvenciones son algo complejas, y más si es la primera vez que se solicita, de forma que, si estáis interesados en solicitar alguna de las anteriores, sería conveniente prepararlas con antelación. Contacta con nuestro equipo antes del 30 de junio para poder preparar todo lo que necesitas para beneficiarte de esta ayuda.





 

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Subvenciones

¿Qué se considera comercio?

No todos los establecimientos son considerados comercio. Comercio es todo establecimiento donde se venden o se comercia con determinados productos. Ahora bien, para esta subvención, hay que pertenecer alguno de los siguientes epígrafes de CNAE o IAE, que puede ser el principal o secundario:

  • CNAE de la división 47, es decir que el código de actividad que tienes dado de alta en Seguridad Social comience por 47, excepto: 4726, 473, 4773, 478 y 479.
  • IAE de las agrupaciones 64 y 65, es decir, que el código de actividad que tienes dado de alta en Hacienda comience por 64 o 65, excepto: 646, 647.5, 652.1, 654 y 655. 


SI NO TIENES CLARO A CUÁL PERTENECES, PUEDES AVERIGUARLO EN ESTE ENLACE o LLÁMANOS Y TE INDICAMOS CÓMO AVERIGUAR TU CÓDIGO DE ACTIVIDAD. 




AVALEM COMERÇ

Beneficiarios: 

Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayuda los autónomos, pymes y micropymes Comerciales de la Comunitat Valenciana.

Actividades subvencionables: 

Inversiones en equipamiento, la señalización e identificación del establecimiento, sistemas de seguridad, accesibilidad, ahorro energético, tratamiento de residuos, etc.”, además de las inversiones en aplicaciones informáticas y gastos derivados de la creación de una página web vinculada al establecimiento. Ejemplos:

Puertas, persianas, ventanas, cristales de seguridad, cerramientos, suelos…
Toldos, estores…
Pintura, luminaria, contraincendios…
Aire acondicionado
Cámaras de seguridad, arcos, sistemas de vigilancia…
Rótulos, pantallas y/o sistemas para promociones.
Mobiliario, expositores, vitrinas…
Web y apps, tanto diseño como software
Ordenadores, TPVs, impresoras…

SERÁN CONSIDERADOS GASTOS SUBVENCIONABLES LOS GASTOS PRODUCIDOS ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2022 HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2022.



Importe. Hasta 40.000€

El importe de la subvención concedida podrá ser hasta del 75% del presupuesto presentado con un máximo de 40.000,00€ por beneficiario y una inversión mínima de 3.000,00€, en cada establecimiento y en un periodo de 3 años.

 

Solicitud. 

El plazo de solicitud empieza el próximo día 23 de junio de 2022 y permanecerá abierto hasta el 8 de julio de 2022.

 Todas las subvenciones son algo complejas, y más si es la primera vez que se solicita, de forma que, si estáis interesados en solicitar alguna de las anteriores, sería conveniente prepararlas con antelación. Contacta con nuestro equipo antes del 30 de junio para poder preparar todo lo que necesitas para beneficiarte de esta ayuda.





 

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Subvenciones
¿Tienes pensado contratar a algún trabajador/a? ¿Y si te digo que puedes recibir hasta 26.600,00€ por ello?

Contratación inicial indefinida a menores de 30 años (ECOGJU – Avalem Joves)


Requisitos
  • Contratación inicial indefinida
  • Jornada Completa
  • Personas menores de 30 años
  • Inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juveniles (SNGJ). Puedes consultar los requisitos y cómo inscribirte en este enlace.
  • No haber mantenido relación laboral con la empresa en los 6 meses anteriores a la contratación.

Importe
  • 25.200€
  • 26.600€ en caso de mujeres
  • 28.000€ en caso de personas afectadas por violencia género o diversidad funcional.


Subvenciones contratación jóvenes

Obligaciones

Mantener el puesto de trabajo 24 meses. En caso de que el trabajador cause baja por: Baja voluntaria, jubilación, fallecimiento, despido disciplinario, o cualquier otro motivo NO declarado improcedente, podrá sustituirse en el plazo de un mes.

 

Plazos

APERTURA SOLICITUDES: 2 de marzo de 2022

FIN DE PLAZO PARA PRESENTAR LA SOLICITUD: 31 de mayo de 2022

MANTENIMIENTO DE EMPLEO: 24 meses (Hasta 2024)

JUSTIFICACIÓN AYUDAS: 25 meses (en 2024)

Subvenciones contratación jóvenes

 

¿Cómo tengo que pedir estas subvenciones?

Solicitud telemática, es obligatorio contar con certificado o firma digital.

Nuestra recomendación es contar con el apoyo de una asesoría laboral que pueda ayudarte con la gestión y tramitación de la documentación necesaria.

En Asesoría Carbonell contamos con un departamento de laboral especializado en subvenciones de este ámbito. Y queremos ayudarte con la gestión del personal de tu empresa. Toda subvención tiene sus requisitos y exigencias y para que sean concedidas se tiene que cumplir con el 100% de los mismos. Contar con el apoyo de una Asesoría especializada puede ayudarte a conseguir estas ayudas.

 

¿Qué pasa si contrato un trabajador y no rinde como esperaba?, ¿se puede sustituir?

Durante el periodo de prueba del trabajador sí que se puede.

Si la persona trabajadora causara baja por baja voluntaria, muerte, discapacidad sobrevenida, jubilación por motivos de edad o despido disciplinario o por causas objetivas no declarado improcedente podrá ser sustituida en el plazo de un mes por otra persona trabajadora bajo las mismas condiciones contractuales que tenía la persona sustituida.

Si la baja de la persona trabajadora se produjera con anterioridad a la resolución de concesión, decaerá el derecho a la solicitud presentada.

 

 ¿Qué compromisos tengo cuando pido la subvención?

El compromiso más significativo es el de mantener el nivel de empleo durante el tiempo de obligación de mantenimiento de los contratos.

Subvenciones contratación jóvenes


¿Qué pasa si no mantengo al trabajador el tiempo mínimo?

Hay varias posibilidades u opciones, por un lado, que sea por baja voluntaria del trabajador, en cuyo caso, puedes contratar a otro trabajador con las mismas características y así mantener la subvención, o, por el contrario, devolver la parte proporcional, por ejemplo, si te han dado 20.000€ y solo ha estado la mitad del tiempo, deberías devolver 10.000€.

Es importante que entiendas que si despides al trabajador de forma improcedente sí tendrás que devolver el 100% de la subvención concedida. 

¿Por qué Elegir Asesoría Carbonell para tramitar estas subvenciones?

En Asesoría Carbonell contamos con un departamento de laboral especializado en subvenciones de este ámbito. Y queremos ayudarte con la gestión del personal de tu empresa. Toda subvención tiene sus requisitos y exigencias y para que sean concedidas se tiene que cumplir con el 100% de los mismos. Contar con el apoyo de una Asesoría especializada puede ayudarte a conseguir estas ayudas. Para cualquier tipo de consulta no dudes en ponerte en contacto con nosotros, estaremos encantados de ayudarte.

 

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Asesoría Carbonell