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Subvenciones
La Consellería de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, ha publicado las bases para las ayudas a las empresa valencianas por la reducción de la jornada laboral de sus trabajadores a 4 días o 32 horas semanales. Más de 9.000€ de ayuda por trabajador por tres años. 

¿Quién puede pedir estas ayudas? 

Podrán pedir estas ayudas, las empresas privadas de la Comunidad Valenciana, cualquiera que sea su forma jurídica, es decir, podrán pedirlas tanto autónomos, como empresas, comunidades de bienes… por reducción de jornada laboral a 4 días o 32 horas semanales, en función del volumen de trabajadores: 
  • Empresas de menos de 10 trabajadores: la reducción debe afectar al menos al 30% de la plantilla, siendo como mínimo 2 trabajadores. 
  • Empresas de entre 10 y 49 trabajadores: la reducción debe afectar al menos al 30% de la plantilla, siendo como mínimo 3 trabajadores. 
  • Empresas de más de 50 trabajadores: la reducción debe afectar al menos al 20% de la plantilla. 


Requisitos para concesión de la ayuda:
  • Centro de trabajo ubicado en la Comunidad Valenciana 
  • Reducción de jornada laboral ordinaria (40 horas semanales) en al menos el 20% (32 horas/4 días). En caso de jornadas ordinarias inferiores a 40 horas, que la reducción sea a 32 horas semanales. 
  • SIN reducción de salario. 
  • Duración mínima de la reducción de 1 año, prorrogable a 3 años. 
  • Trabajadores con contrato indefinido a tiempo completo. 


Importe de las ayudas: Hasta 9.611,34€ por trabajador. 
  • 5.492,19€ el primer año de reducción por trabajador. 
  • 2.746,10€ el segundo año de reducción por trabajador. 
  • 1.373,05€ el tercer año de reducción por trabajador. 


Plazos

Lo que se ha publicado son las bases, es decir, las normas básicas de la subvención. La convocatoria aún no ha sido publicada en el Boletín Oficial, de forma que hasta su publicación, no podremos saber a ciencia cierta los plazos a tener en cuenta. 


¿Cómo tengo que pedir estas subvenciones?

Solicitud telemática, es obligatorio contar con certificado o firma digital.

Nuestra recomendación es contar con el apoyo de una asesoría laboral que pueda ayudarte con la gestión y tramitación de la documentación necesaria.

En Asesoría Carbonell contamos con un departamento de laboral especializado en subvenciones de este ámbito. Y queremos ayudarte con la gestión del personal de tu empresa. Toda subvención tiene sus requisitos y exigencias y para que sean concedidas se tiene que cumplir con el 100% de los mismos. Contar con el apoyo de una Asesoría especializada puede ayudarte a conseguir estas ayudas.

 

¿Por qué Elegir Asesoría Carbonell para tramitar estas subvenciones?

En Asesoría Carbonell contamos con un departamento de laboral especializado en subvenciones de este ámbito. Y queremos ayudarte con la gestión del personal de tu empresa. Toda subvención tiene sus requisitos y exigencias y para que sean concedidas se tiene que cumplir con el 100% de los mismos. Contar con el apoyo de una Asesoría especializada puede ayudarte a conseguir estas ayudas. Para cualquier tipo de consulta no dudes en ponerte en contacto con nosotros, estaremos encantados de ayudarte.

 

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Subvenciones

Convocadas ayudas directas a trabajadores autónomos para paliar el incremento de los costes energéticos, derivados de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, de aquellos trabajadores dados de alta en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) y en los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAEs) en los subsectores que se han visto afectados. Tienen que estar de alta desde 24 de febrero de 2022 hasta la fecha de publicación de la Convocatoria.



¿Quién puede solicitar esta ayuda?
Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayuda los autónomos de la Comunitat Valenciana que estén dados de alta en alguno de los epígrafes de esta convocatoria, desde el 24 de febrero de 2022 hasta mínimo el 12 de julio de 2022. 
No podrán ser beneficiarios, los autónomos que estén integrados en sociedades mercantiles, cooperativas u otras entidades societarias, tampoco son colaboradores familiares ni estar registrados como parte de algún colectivo especial de trabajadores. 

CONSULTA EL LISTADO DE EPÍGRAFES ADMITIDOS CLICKANDO AQUÍ 

Importe: 300 euros por persona beneficiaria.

Las solicitudes de ayuda se tramitarán y resolverán por estricto orden de entrada, previa comprobación del cumplimiento de los requisitos establecidos.

 

Plazo para solicitarlo
El plazo de presentación de solicitudes de cita previa se iniciará las 09.00 horas del día 15 de julio de 2022 y finalizará a las 23.59 horas del 22 de julio de 2022.

Trámite Uno: Solicitud de cita previa (fecha y franja horaria) para presentar la solicitud. No requiere firma electrónica ni aporte de documentación.
Trámite Dos: Presentación de la solicitud. Formulario electrónico de solicitud de subvención que deberá firmarse electrónicamente al final del trámite de presentación.









 

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Subvenciones

¿Qué se considera comercio?

No todos los establecimientos son considerados comercio. Comercio es todo establecimiento donde se venden o se comercia con determinados productos. Ahora bien, para esta subvención, hay que pertenecer alguno de los siguientes epígrafes de CNAE o IAE, que puede ser el principal o secundario:

  • CNAE de la división 47, es decir que el código de actividad que tienes dado de alta en Seguridad Social comience por 47, excepto: 4726, 473, 4773, 478 y 479.
  • IAE de las agrupaciones 64 y 65, es decir, que el código de actividad que tienes dado de alta en Hacienda comience por 64 o 65, excepto: 646, 647.5, 652.1, 654 y 655. 


SI NO TIENES CLARO A CUÁL PERTENECES, PUEDES AVERIGUARLO EN ESTE ENLACE o LLÁMANOS Y TE INDICAMOS CÓMO AVERIGUAR TU CÓDIGO DE ACTIVIDAD. 




AVALEM COMERÇ

Beneficiarios: 

Podrán ser beneficiarios de esta línea de ayuda los autónomos, pymes y micropymes Comerciales de la Comunitat Valenciana.

Actividades subvencionables: 

Inversiones en equipamiento, la señalización e identificación del establecimiento, sistemas de seguridad, accesibilidad, ahorro energético, tratamiento de residuos, etc.”, además de las inversiones en aplicaciones informáticas y gastos derivados de la creación de una página web vinculada al establecimiento. Ejemplos:

Puertas, persianas, ventanas, cristales de seguridad, cerramientos, suelos…
Toldos, estores…
Pintura, luminaria, contraincendios…
Aire acondicionado
Cámaras de seguridad, arcos, sistemas de vigilancia…
Rótulos, pantallas y/o sistemas para promociones.
Mobiliario, expositores, vitrinas…
Web y apps, tanto diseño como software
Ordenadores, TPVs, impresoras…

SERÁN CONSIDERADOS GASTOS SUBVENCIONABLES LOS GASTOS PRODUCIDOS ENTRE EL 1 DE ENERO DE 2022 HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2022.



Importe. Hasta 40.000€

El importe de la subvención concedida podrá ser hasta del 75% del presupuesto presentado con un máximo de 40.000,00€ por beneficiario y una inversión mínima de 3.000,00€, en cada establecimiento y en un periodo de 3 años.

 

Solicitud. 

El plazo de solicitud empieza el próximo día 23 de junio de 2022 y permanecerá abierto hasta el 8 de julio de 2022.

 Todas las subvenciones son algo complejas, y más si es la primera vez que se solicita, de forma que, si estáis interesados en solicitar alguna de las anteriores, sería conveniente prepararlas con antelación. Contacta con nuestro equipo antes del 30 de junio para poder preparar todo lo que necesitas para beneficiarte de esta ayuda.





 

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Asesoría Carbonell